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2212/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El tipo penal previsto en el artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito no contraviene el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad penal, al no constituir una norma penal en blanco.

Expediente
2212/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
3 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El tipo penal previsto en el artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito no contraviene el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad penal, al no constituir una norma penal en blanco.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 113 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, impugnado por considerarse violatorio de las garantías de legalidad y seguridad jurídica, específicamente por contravenir el principio de taxatividad penal al ser calificado como una norma penal en blanco. El Tribunal determinó que la norma no incurre en dicha inconstitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.