La falta de fundamentación y motivación de la competencia de la autoridad aduanera en el acta de embargo precautorio de mercancía de procedencia extranjera, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar la garantía de seguridad jurídica del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución aduanera que determinó un crédito fiscal y el embargo de un vehículo. La Sala Regional determinó que el embargo precautorio, asentado en un acta de hechos, careció de la debida fundamentación y motivación de la competencia de la funcionaria aduanera que lo decretó. Al no citar las normas legales que la facultaban para realizar el embargo, se vulneró la garantía de seguridad jurídica del particular, impidiendo la defensa adecuada de sus derechos.
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