El decreto emitido por el Congreso local que ordena al Poder Judicial el pago de una pensión por cesantía en edad avanzada, sin transferir los recursos suficientes, vulnera la autonomía e independencia presupuestaria de este último, contraviniendo el principio de división de poderes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso local que concedía una pensión por cesantía a un ex trabajador del Poder Judicial, ordenando que el pago se realizara con cargo al presupuesto de este último sin transferir los recursos necesarios. La Corte determinó que esta acción del Congreso vulnera la autonomía e independencia presupuestaria del Poder Judicial, al ser una forma de subordinación y una intromisión indebida en su gestión de recursos, lo cual contraviene el principio de división de poderes. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obligaba al Poder Judicial a cubrir la pensión sin la debida provisión de fondos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.