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184/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La determinación sobre la competencia, en cualquiera de sus supuestos de cosa juzgada formal o sustancial, adquiere la calidad de verdad legal y es incontrovertible, impidiendo a los órganos jurisdiccionales pronunciarse nuevamente sobre el tema, incluso al examinar agravios, para salvaguardar la seguridad jurídica.

Expediente
184/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
SARA IRENE HERRERÍAS GUERRA
Fecha
8 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La determinación sobre la competencia, en cualquiera de sus supuestos de cosa juzgada formal o sustancial, adquiere la calidad de verdad legal y es incontrovertible, impidiendo a los órganos jurisdiccionales pronunciarse nuevamente sobre el tema, incluso al examinar agravios, para salvaguardar la seguridad jurídica.

Resumen

El criterio establece que una vez que se ha determinado la competencia de un tribunal, ya sea de forma formal o sustancial, dicha determinación adquiere el carácter de verdad legal y se vuelve incontrovertible. Por lo tanto, los órganos jurisdiccionales no pueden volver a pronunciarse sobre la competencia, ni siquiera al analizar los agravios presentados en un juicio, con el fin de garantizar la seguridad jurídica de los justiciables.

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