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338/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

La determinación de un crédito fiscal a una universidad pública por la retención y no entero de ISR a sus trabajadores, así como por pagos indebidamente clasificados como exentos, es legal.

Expediente
338/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Emilio Enrique Pedroza Montes
Fecha
16 nov 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La determinación de un crédito fiscal a una universidad pública por la retención y no entero de ISR a sus trabajadores, así como por pagos indebidamente clasificados como exentos, es legal.

Resumen

Se niega el amparo a una universidad pública contra la determinación de un crédito fiscal. La autoridad fiscal detectó que la universidad retuvo ISR a sus trabajadores y no lo enteró al SAT, además de clasificar erróneamente como exentos pagos que sí debían ser objeto de retención y entero. El tribunal confirma la legalidad de la determinación del crédito fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.