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PRIMERA SALA

La valoración de las pruebas en el proceso penal debe ser exhaustiva y atender a su idoneidad, pertinencia y suficiencia para acreditar la participación y responsabilidad del imputado, sin basarse únicamente en el dicho de la víctima o en inconsistencias que generen duda razonable.

Expediente
1002/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
14 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La valoración de las pruebas en el proceso penal debe ser exhaustiva y atender a su idoneidad, pertinencia y suficiencia para acreditar la participación y responsabilidad del imputado, sin basarse únicamente en el dicho de la víctima o en inconsistencias que generen duda razonable.

Resumen

El presente caso aborda la valoración de pruebas en un proceso penal, donde se cuestiona si la autoridad responsable analizó adecuadamente los elementos probatorios para acreditar la participación y responsabilidad del quejoso en el delito de robo. Se argumenta que la entrevista de la víctima ante el Ministerio Público presentó inconsistencias con su declaración en juicio, y que su señalamiento de los policías como responsables del robo fue una manipulación para evadir responsabilidad en un accidente previo. La Suprema Corte analiza si la valoración probatoria fue correcta, considerando la idoneidad, pertinencia y suficiencia de las pruebas, y si se basó indebidamente en el dicho de la víctima o en inconsistencias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.