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983/2015OtroTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario· tema sin holding extraído

Se desecha el recurso de revisión interpuesto por el Presidente de la República, porque la interlocutoria recurrida sólo puede afectar directa y jurídicamente a la autoridad que ejecute la norma, al ser quien verá interrumpidos los efectos de su aplicación, con motivo del otorgamiento de la medida cautelar; así mismo, se confirma la interlocutoria recurrida y, consecuentemente, se concede la suspensión definitiva respecto de los efectos y consecuencias de las normas reclamadas, en los términos de la interlocutoria revisada

Expediente
983/2015
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario
Ponente
ANDREA ZAMBRANA CASTAÑEDA
Fecha
31 jul 2015
Materia
administrativa
Sentido
otro

Tema · autorreporte del tribunal

Se desecha el recurso de revisión interpuesto por el Presidente de la República, porque la interlocutoria recurrida sólo puede afectar directa y jurídicamente a la autoridad que ejecute la norma, al ser quien verá interrumpidos los efectos de su aplicación, con motivo del otorgamiento de la medida cautelar; así mismo, se confirma la interlocutoria recurrida y, consecuentemente, se concede la suspensión definitiva respecto de los efectos y consecuencias de las normas reclamadas, en los términos de la interlocutoria revisada

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