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917/2013 (CUADERNO AUXILIAR 784/2013)ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La garantía de justicia pronta y expedita permite al órgano de control constitucional examinar violaciones procesales, incluso de oficio, si el amparo fue promovido por el trabajador y el derecho para ello no ha precluido, aun cuando se trate de una violación formal que motive la concesión de la protección federal.

Expediente
917/2013 (CUADERNO AUXILIAR 784/2013)
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
17 feb 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La garantía de justicia pronta y expedita permite al órgano de control constitucional examinar violaciones procesales, incluso de oficio, si el amparo fue promovido por el trabajador y el derecho para ello no ha precluido, aun cuando se trate de una violación formal que motive la concesión de la protección federal.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia del análisis de violaciones procesales en un juicio de amparo directo, aun cuando la concesión de la protección federal se base en una violación formal. Se establece que, en observancia a la garantía de justicia pronta y expedita, el tribunal constitucional puede examinar agravios relacionados con violaciones procesales si el amparo fue promovido por el trabajador y su derecho no ha precluido. Esto permite una resolución más completa y justa del asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.