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596/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El sistema normativo que sujeta a un trato diferenciado a los prestadores de servicios de crédito, sin constituirse como Instituciones Financieras, en relación con aquellos que sí lo son, es violatorio del derecho humano de igualdad, al establecer una regulación restrictiva en materia de informes a la CONDUSEF y en la actividad publicitaria y de mercadotecnia.

Expediente
596/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
2 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El sistema normativo que sujeta a un trato diferenciado a los prestadores de servicios de crédito, sin constituirse como Instituciones Financieras, en relación con aquellos que sí lo son, es violatorio del derecho humano de igualdad, al establecer una regulación restrictiva en materia de informes a la CONDUSEF y en la actividad publicitaria y de mercadotecnia.

Resumen

El presente asunto deriva de un conflicto competencial resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó la competencia del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México para conocer de la demanda de amparo. La quejosa argumenta que el sistema normativo impugnado viola el derecho humano de igualdad, al imponerle restricciones en cuanto a informes a la CONDUSEF y publicidad, que no aplican a otras entidades que ofrecen servicios de crédito sin ser Instituciones Financieras.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.