Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
No se viola el principio de exhaustividad y contabilidad electrónica, el anexo 24 de la resolución miscelánea fiscal para 2015 y 2016 fue subsanado en sus vicios, por el anexo para 2017 y no es necesaria la concesión de amparo, conforme a las jurisprudencias 2a./J. 148/2016 (10a) y 2a./J. 160/2016 (10a) que lo declaraban inconstitucional.
Expediente
465/2017
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Guillermo Roberto García Gallardo
Fecha
29 jun 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
No se viola el principio de exhaustividad y contabilidad electrónica, el anexo 24 de la resolución miscelánea fiscal para 2015 y 2016 fue subsanado en sus vicios, por el anexo para 2017 y no es necesaria la concesión de amparo, conforme a las jurisprudencias 2a./J. 148/2016 (10a) y 2a./J. 160/2016 (10a) que lo declaraban inconstitucional.
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