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201/2018TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal, en virtud de que los conceptos de violación resultan infundados, toda vez que como acertadamente lo sostuvo la Magistrada responsable, en el caso concreto, no resulta procedente el recurso de revisión interpuesto por la parte actora hoy aquí quejosa, dado que no se ubica en ninguna de las hipótesis contempladas en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro; e inoperantes porque se refieren a cuestiones del fondo del asunto, y en el caso, se desechó el recurso de revisión.

Expediente
201/2018
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Ma. del Pilar Nuñez González
Fecha
23 ago 2018
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se negó el Amparo y Protección de la Justicia Federal, en virtud de que los conceptos de violación resultan infundados, toda vez que como acertadamente lo sostuvo la Magistrada responsable, en el caso concreto, no resulta procedente el recurso de revisión interpuesto por la parte actora hoy aquí quejosa, dado que no se ubica en ninguna de las hipótesis contempladas en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro; e inoperantes porque se refieren a cuestiones del fondo del asunto, y en el caso, se desechó el recurso de revisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.