La preclusión impide al contribuyente controvertir, en un diverso juicio de nulidad, las violaciones cometidas en un procedimiento de fiscalización que antecedieron a la reposición del mismo, pues tuvo la oportunidad de impugnarlas en el juicio original.
En un procedimiento de fiscalización, si se decreta la nulidad de un acto y se ordena su reposición, el contribuyente solo puede impugnar en un nuevo juicio de nulidad las violaciones cometidas con posterioridad a la reposición. Las violaciones anteriores a la reposición precluyen, ya que el contribuyente tuvo la oportunidad de combatirlas en el primer juicio. Este criterio no vulnera el derecho de defensa, pues la oportunidad de impugnar todos los vicios se presenta desde el primer juicio.
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