El proceso legislativo que da origen a una norma, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que deben ser impugnados a través del juicio de amparo indirecto, y no así las disposiciones de observancia general que de ellos emanan, las cuales deben ser combatidas mediante el juicio de amparo directo.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio de amparo respecto de diversas disposiciones fiscales, incluyendo reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal y artículos del Código Fiscal de la Federación, al considerar que algunos actos reclamados eran de naturaleza legislativa y otros de ejecución. Sin embargo, concedió el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, estableciendo que la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en una revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.