Artículo tercero y séptimo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicio del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019, específicamente los artículos 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 5-A, 17-H BIS, 17-K, 23, 31-A, 32-D y 134, fracción I, del Código Fiscal de la Federación. PRIMERO. Se CONFIRMA la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo promovido, por los actos reclamados del Jefe del Servicio de Administración Tributaria; así como por los diverso reclamados al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, consistentes en la emisión, aprobación, sanción y expedición del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de diciembre de dos mil diecinueve, específicamente en la parte en que se reforman los artículos 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 5-A, 17-H bis, fracciones V, VI, VII y VIII, 23, 31-A, 32-D, fracciones IV, V y VIII del Código Fiscal de la Federación, por los motivos expuestos en los considerandos tercero y quinto de la sentencia que se revisa; y las consideraciones precisadas en el penúltimo considerando de esta ejecutoria. TERCERO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE, respecto de los actos reclamados del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, consistentes en la emisión, aprobación, sanción y expedición del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de diciembre de dos mil diecinueve, específicamente por cuanto hace a los artículos 17- K y 134, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, por las razones expuestas en el penúltimo considerando de la sentencia biinstancial, por las razones que se precisan en la última parte de considerando octavo de esta ejecutoria. CUARTO. Se declara SIN MATERIA, el recurso de revisión adhesiva, por los motivos que se plasman en el último considerando de esta sentencia.
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