El Tribunal Fiscal de la Federación tiene competencia para conocer de las demandas relativas a la devolución de cantidades pagadas de más en impuestos de importación, cuando la autoridad niega la devolución, debiendo resolver sobre el fondo del asunto y no sobreseer el juicio.
El Tribunal Fiscal de la Federación no debe sobreseer en un juicio donde se solicita la devolución de cantidades pagadas indebidamente por concepto de impuestos de importación. De acuerdo con los artículos 61 y 160 del Código Fiscal de la Federación, si la autoridad niega la devolución, el tribunal debe estudiar el fondo del asunto y determinar la procedencia o improcedencia de la acción intentada, pues el sobreseimiento infringe dichas disposiciones y garantías constitucionales.
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