La revisión de la legalidad de los actos de los funcionarios públicos, así como la determinación de su competencia o legitimidad, son ajenas a la materia de legalidad de los juicios de amparo y de los contencioso administrativos federales, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que correspondan.
El presente fallo aborda la cuestión de si los tribunales de amparo y contencioso administrativos federales pueden pronunciarse sobre la legitimidad o competencia de los funcionarios públicos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que estas cuestiones exceden la materia de dichos juicios, ya que la revisión de la actuación de los funcionarios debe ventilarse en las instancias administrativas o penales correspondientes. Se enfatiza que la garantía de defensa adecuada se respeta al no obstruir su materialización y al asegurarse de que se satisfacen las condiciones para su ejercicio, sin que ello implique revisar la pericia del defensor.
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