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SJF · Ejecutoria

Las resoluciones de destitución o cambio de adscripción emitidas por el director general del Instituto Federal de Defensoría Pública no tienen el carácter de definitivas e inatacables en términos del artículo 100, párrafo noveno, de la Constitución Federal, por lo que son impugnables a través del juicio de amparo indirecto.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
7 sep 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Las resoluciones de destitución o cambio de adscripción emitidas por el director general del Instituto Federal de Defensoría Pública no tienen el carácter de definitivas e inatacables en términos del artículo 100, párrafo noveno, de la Constitución Federal, por lo que son impugnables a través del juicio de amparo indirecto.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto a la impugnabilidad de las resoluciones del director general del Instituto Federal de Defensoría Pública. Se determinó que, si bien el Consejo de la Judicatura Federal tiene decisiones definitivas e inatacables, las emitidas por el director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, al ser un órgano auxiliar con independencia técnica y operativa, no gozan de esa calidad y, por ende, son susceptibles de ser combatidas mediante el juicio de amparo indirecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.