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542/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo opera a favor del quejoso cuando se advierte una violación manifiesta de la ley o de los derechos humanos, sin que sea necesario que el gobernado la invoque expresamente.

Expediente
542/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
HUGO AGUILAR ORTIZ
Fecha
7 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo opera a favor del quejoso cuando se advierte una violación manifiesta de la ley o de los derechos humanos, sin que sea necesario que el gobernado la invoque expresamente.

Resumen

El promovente del amparo, sin ser experto en la materia, solicitó la intervención de un defensor público ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, argumentando que se le había dictado una resolución en su contra y que no debía quedar en estado de indefensión. Se analiza la procedencia del recurso de reclamación y la figura de la suplencia de la queja deficiente, la cual opera en favor del quejoso cuando se advierte una violación manifiesta de la ley o de los derechos humanos, sin necesidad de que sea invocada expresamente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.