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SEGUNDA SALA

La sustitución de autoridades fiscales durante una visita domiciliaria debe seguir un procedimiento específico establecido en la ley, garantizando la seguridad jurídica del contribuyente.

Expediente
708/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
7 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La sustitución de autoridades fiscales durante una visita domiciliaria debe seguir un procedimiento específico establecido en la ley, garantizando la seguridad jurídica del contribuyente.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la legalidad de una visita domiciliaria en la que se sustituyó a la autoridad fiscalizadora. Se determinó que el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, al no establecer lineamientos claros para la sustitución de autoridades durante facultades de comprobación, contraviene los derechos de legalidad y seguridad jurídica. La Corte enfatiza que la sustitución debe realizarse conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación, notificando al visitado y siguiendo el procedimiento indicado para garantizar la exacta aplicación de la ley.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.