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1152/2024Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente no es una autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, toda vez que sus recomendaciones carecen de carácter vinculatorio y no crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas de los gobernados.

Expediente
1152/2024
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guanajuato
Ponente
Gabriela Elizeth Almazan Hernández
Fecha
6 nov 2024
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente no es una autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, toda vez que sus recomendaciones carecen de carácter vinculatorio y no crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas de los gobernados.

Resumen

Se desecha de plano una demanda de amparo promovida contra una determinación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON). El juzgado determinó que la PRODECON no ostenta el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, ya que sus actos, particularmente las recomendaciones, carecen de fuerza vinculatoria y no tienen la capacidad de crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas de los gobernados. Por lo tanto, se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 1°, fracción I y 5°, fracción II, todos de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.