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230/2016TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito

La confirmación de una sentencia que declaró la nulidad de una resolución y reconoció el derecho a la devolución de cantidades solicitadas, procede cuando la autoridad fiscal no combate todas las consideraciones de la sentencia recurrida, especialmente aquellas relativas a la inobservancia del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación para demostrar la inexistencia de los actos.

Expediente
230/2016
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Luis García Sedas
Fecha
16 feb 2017
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La confirmación de una sentencia que declaró la nulidad de una resolución y reconoció el derecho a la devolución de cantidades solicitadas, procede cuando la autoridad fiscal no combate todas las consideraciones de la sentencia recurrida, especialmente aquellas relativas a la inobservancia del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación para demostrar la inexistencia de los actos.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito confirmó la sentencia que declaró la nulidad de una resolución y reconoció el derecho de la actora a la devolución del Impuesto al Valor Agregado. La decisión se basó en que la autoridad fiscal no combatió todas las consideraciones de la sentencia de primera instancia, particularmente la relativa a no haber seguido el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación para acreditar la inexistencia de los actos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.