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SJF · Tesis

El Procurador Fiscal de la Federación y los servidores públicos mencionados en la parte final del párrafo primero del artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público están legitimados para interponer el recurso de revisión en representación del titular de esa dependencia, cuando éste acude al juicio de garantías con el carácter de tercero perjudicado.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2003
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El Procurador Fiscal de la Federación y los servidores públicos mencionados en la parte final del párrafo primero del artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público están legitimados para interponer el recurso de revisión en representación del titular de esa dependencia, cuando éste acude al juicio de garantías con el carácter de tercero perjudicado.

Resumen

Se establece la legitimación del Procurador Fiscal de la Federación y otros servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para representar al titular de la dependencia en el recurso de revisión, cuando este último es tercero perjudicado en un juicio de amparo. Esto se fundamenta en que la representación legal no se limita a suplir ausencias, sino que permite la actuación de estos funcionarios en nombre del Secretario, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interior de la SHCP y el Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.