La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la medida cautelar concedida en una controversia constitucional, para el efecto de que el Congreso del Estado de Nuevo León se abstuviera de designar al Fiscal General de Justicia, abarca la prohibición de emitir actos que consumen o ejecuten la etapa final del procedimiento de designación.
En el presente caso, se analizó una controversia constitucional promovida por el Ejecutivo del Estado de Nuevo León contra la convocatoria emitida por el Congreso del Estado para ocupar el cargo de Fiscal General de Justicia. Se solicitó una medida cautelar para suspender el proceso, la cual fue concedida por el Ministro instructor. La Corte determinó que dicha medida cautelar implicaba la prohibición de realizar la designación final del Fiscal, así como cualquier acto que consumara o ejecutara esa etapa culminante del procedimiento.
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