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590/2014NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La propuesta del conciliador para el reconocimiento de un crédito en el concurso mercantil debe estar debidamente sustentada con la documentación que sirvió de base para su formulación, o indicar el lugar en que se encuentre, para que el Juez pueda ejercer su facultad decisoria.

Expediente
590/2014
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
11 abr 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La propuesta del conciliador para el reconocimiento de un crédito en el concurso mercantil debe estar debidamente sustentada con la documentación que sirvió de base para su formulación, o indicar el lugar en que se encuentre, para que el Juez pueda ejercer su facultad decisoria.

Resumen

La quejosa impugna la resolución que le negó el reconocimiento de un crédito en un concurso mercantil. Argumenta que la lista definitiva del conciliador, que incluía su crédito, era suficiente para su reconocimiento. Sin embargo, el tribunal determina que la propuesta del conciliador debe estar respaldada por la documentación correspondiente, o indicar dónde se encuentra, para que el Juez pueda ejercer su facultad decisoria. Al no haberse adjuntado el contrato de mutuo que sustentaba el crédito, la lista definitiva carecía de la debida sustentación, lo que llevó a negar el amparo.

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