InvestigaciónDocumento
En línea
95/2024-CAConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La medida suspensional concedida en la controversia constitucional surte efectos desde la presentación de la demanda, sin necesidad de otorgar garantía, salvo que sobrevenga un hecho que justifique su modificación o revocación.

Expediente
95/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
30 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La medida suspensional concedida en la controversia constitucional surte efectos desde la presentación de la demanda, sin necesidad de otorgar garantía, salvo que sobrevenga un hecho que justifique su modificación o revocación.

Resumen

Se analiza la procedencia y efectos de la medida suspensional en una controversia constitucional. Se establece que la suspensión, una vez concedida, surte efectos desde la interposición de la demanda y no requiere garantía, a menos que circunstancias posteriores ameriten su modificación o revocación, conforme a la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.