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4299/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El derecho a la estabilidad laboral se sustenta en el derecho a un trabajo digno o decente, y se entiende como la garantía de conservar el empleo durante el tiempo pactado o legalmente establecido, salvo causas justificadas de rescisión, terminación o cese.

Expediente
4299/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
29 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El derecho a la estabilidad laboral se sustenta en el derecho a un trabajo digno o decente, y se entiende como la garantía de conservar el empleo durante el tiempo pactado o legalmente establecido, salvo causas justificadas de rescisión, terminación o cese.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que el derecho a la estabilidad en el empleo deriva del derecho a un trabajo digno. Esta estabilidad no implica una permanencia absoluta, sino la garantía de conservar el puesto de trabajo durante el tiempo acordado o legalmente previsto, a menos que existan causas justificadas para su rescisión o terminación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.