El recurso de reclamación previsto en la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo es procedente contra el desechamiento del recurso de queja interpuesto contra la determinación del no ejercicio de la acción penal, en aplicación del principio pro persona y la interpretación conforme de las normas aplicables.
El caso analiza la procedencia del recurso de reclamación contra el desechamiento de un recurso de queja, el cual a su vez se interpuso contra la confirmación del no ejercicio de la acción penal. La Sala Constitucional y Administrativa del Estado de Quintana Roo desechó el recurso de reclamación argumentando que, al ser la controversia de naturaleza penal, no podía aplicarse la Ley de Justicia Administrativa. Sin embargo, el Tribunal Colegiado determinó que, en aplicación de los principios pro persona y de interpretación conforme, la Ley de Justicia Administrativa sí es aplicable en lo conducente para la sustanciación del recurso de queja y, por ende, el recurso de reclamación es procedente contra su desechamiento.
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