InvestigaciónDocumento
En línea
327/2023-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la etapa de investigación tiene por objeto que el Ministerio Público reúna indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño, por lo que no existe certeza de la comisión del ilícito ni de la responsabilidad de los imputados.

Expediente
327/2023-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
17 ene 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la etapa de investigación tiene por objeto que el Ministerio Público reúna indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño, por lo que no existe certeza de la comisión del ilícito ni de la responsabilidad de los imputados.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la etapa de investigación en materia penal tiene como finalidad recabar indicios y datos de prueba para sustentar la acción penal y la acusación. En consecuencia, si esta etapa no ha concluido, no puede haber certeza sobre la comisión de un ilícito ni sobre la responsabilidad de los imputados, lo que impacta en la determinación de afectaciones al ente municipal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.