InvestigaciónDocumento
En línea
521/2026ConcedeJuzgadoConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit· tema sin holding extraído

Del Congreso y del Gobernador del Estado de Nayarit, respectivamente: a) La discusión, aprobación, expedición y orden de publicación de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el ejercicio fiscal dos mil veintiséis, concretamente: -El artículo 18, inciso A), fracción I, que establece el monto por cobro de derechos por inscripción de documentos públicos o privados, de resoluciones judiciales, administrativas o de cualquier otra clase, por virtud de las cuales se adquiera, transmita, modifique o extinga el dominio o la posesión de bienes inmuebles o derechos reales. -El artículo 62, que prevé el cobro por aportación a la Cruz Roja Mexicana. Del Registro Público del Estado de Nayarit y Dirección de Recaudación de Ingresos , de la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado de Nayarit: b) La ejecución de los normativos reclamados, a través de la imposición, recaudación y cobro de derechos registrales.

Expediente
521/2026
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit
Ponente
Montserrat Cesarina Camberos Funes
Fecha
4 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

Del Congreso y del Gobernador del Estado de Nayarit, respectivamente: a) La discusión, aprobación, expedición y orden de publicación de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el ejercicio fiscal dos mil veintiséis, concretamente: -El artículo 18, inciso A), fracción I, que establece el monto por cobro de derechos por inscripción de documentos públicos o privados, de resoluciones judiciales, administrativas o de cualquier otra clase, por virtud de las cuales se adquiera, transmita, modifique o extinga el dominio o la posesión de bienes inmuebles o derechos reales. -El artículo 62, que prevé el cobro por aportación a la Cruz Roja Mexicana. Del Registro Público del Estado de Nayarit y Dirección de Recaudación de Ingresos , de la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado de Nayarit: b) La ejecución de los normativos reclamados, a través de la imposición, recaudación y cobro de derechos registrales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.