La sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación debe limitarse a la violación procesal reclamada en la demanda de nulidad, sin pronunciarse sobre la validez del cobro si este no fue materia de controversia.
En un juicio de nulidad, si la demanda se enfoca exclusivamente en una violación procesal, la sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación debe constreñirse a resolver ese único aspecto. No puede extenderse a la nulidad del cobro en sí, ya que esto excedería los límites de la litis planteada por el actor.
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