InvestigaciónDocumento
En línea
258/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene competencia para conocer de las contradicciones de tesis sustentadas por las Salas de la propia Corte, así como por los Tribunales Colegiados de Circuito y los Plenos Regionales.

Expediente
258/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
7 dic 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene competencia para conocer de las contradicciones de tesis sustentadas por las Salas de la propia Corte, así como por los Tribunales Colegiados de Circuito y los Plenos Regionales.

Resumen

El presente extracto establece la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver contradicciones de tesis. Detalla los supuestos en los que los Tribunales Colegiados de Circuito y los Plenos Regionales deben denunciar dichas contradicciones ante la Corte, con el fin de unificar criterios. Se especifica quiénes están facultados para realizar esta denuncia, incluyendo al Fiscal General de la República, el Ejecutivo Federal y los propios órganos jurisdiccionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.