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699/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de México, con residencia en Toluca

La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso cuando los argumentos expuestos en su demanda resultan infundados o inoperantes para desvirtuar la legalidad del acto impugnado.

Expediente
699/2026
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de México, con residencia en Toluca
Ponente
María Isabel Sánchez Ordóñez
Fecha
18 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso cuando los argumentos expuestos en su demanda resultan infundados o inoperantes para desvirtuar la legalidad del acto impugnado.

Resumen

Se niega el amparo y protección de la justicia federal a la parte quejosa, al considerar que los argumentos vertidos en su demanda resultaron infundados e inoperantes para desvirtuar la legalidad del acto reclamado. La decisión se fundamenta en el análisis de los planteamientos del quejoso, los cuales no lograron controvertir eficazmente las razones de la autoridad emisora del acto, llevando a la conclusión de que el acto impugnado se encuentra debidamente fundado y motivado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.