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220/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Ley de Ingresos del Municipio de Cosío, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2025, al prever el cobro de derechos por conceptos ya gravados en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el mismo ejercicio fiscal, contraviene el principio de no reelección de la carga tributaria.

Expediente
220/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
12 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Ley de Ingresos del Municipio de Cosío, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2025, al prever el cobro de derechos por conceptos ya gravados en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el mismo ejercicio fiscal, contraviene el principio de no reelección de la carga tributaria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la Ley de Ingresos del Municipio de Cosío, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal 2025. Se advierte que los artículos 43, numeral 6 y 44, numeral 1, de dicha ley, prevén el cobro de derechos por conceptos que ya se encuentran gravados en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el mismo ejercicio fiscal. Esta situación contraviene el principio de no reelección de la carga tributaria, ya que se pretende gravar dos veces el mismo hecho imponible.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.