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339/2026—TCC11ª Época
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Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito· tema sin holding extraído

Fundado. Se revoca la negativa y se concede la suspensión provisional, al estimarse que la medida no paraliza facultades de comprobación, sino únicamente las consecuencias del artículo 49 Bis, fracción X, respecto de la quejosa como tercera receptora de CFDI. Existe apariencia del buen derecho y peligro en la demora, pues no intervino en el procedimiento seguido contra la emisora y debe presentar declaración complementaria o exponerse a la restricción de su certificado de sello digital. La medida se concede sin garantía, al no existir tercero interesado ni crédito fiscal determinado.

Expediente
339/2026
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Octavo Circuito
Ponente
Carlos Alberto López del Río
Fecha
13 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Fundado. Se revoca la negativa y se concede la suspensión provisional, al estimarse que la medida no paraliza facultades de comprobación, sino únicamente las consecuencias del artículo 49 Bis, fracción X, respecto de la quejosa como tercera receptora de CFDI. Existe apariencia del buen derecho y peligro en la demora, pues no intervino en el procedimiento seguido contra la emisora y debe presentar declaración complementaria o exponerse a la restricción de su certificado de sello digital. La medida se concede sin garantía, al no existir tercero interesado ni crédito fiscal determinado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.