La materialidad de las operaciones es un presupuesto indispensable para la deducción de gastos y el acreditamiento del impuesto al valor agregado, debiendo la autoridad fiscal demostrar su inexistencia cuando el contribuyente ha cumplido con las formalidades legales.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el amparo a un contribuyente contra una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La controversia giró en torno al rechazo de deducciones de ISR y acreditamientos de IVA por supuesta falta de materialidad de los servicios. El tribunal determinó que, si bien la materialidad es esencial, la carga de la prueba para demostrar su inexistencia recae en la autoridad fiscal una vez que el contribuyente ha cumplido con las formalidades legales.
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