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2092/2024ConcedeJuzgadoConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito

La vía oral mercantil es procedente cuando la actora acredita los elementos constitutivos de su acción y las demandadas no acreditan sus excepciones, declarándose la nulidad de avisos de cobro por ajuste a la facturación y la ilegalidad de los cobros determinados, con la consecuente cancelación de ajustes y cobros, así como el restablecimiento del servicio eléctrico.

Expediente
2092/2024
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito
Ponente
Argelia Román Mojica
Fecha
7 jul 2025
Materia
mercantil
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La vía oral mercantil es procedente cuando la actora acredita los elementos constitutivos de su acción y las demandadas no acreditan sus excepciones, declarándose la nulidad de avisos de cobro por ajuste a la facturación y la ilegalidad de los cobros determinados, con la consecuente cancelación de ajustes y cobros, así como el restablecimiento del servicio eléctrico.

Resumen

El Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio resolvió un juicio oral mercantil declarando procedente la vía intentada, al haber acreditado la actora los elementos de su acción y las demandadas sus excepciones. Se declaró la nulidad de avisos de cobro por ajuste a la facturación y la ilegalidad de los cobros derivados, ordenando la cancelación de dichos ajustes y el restablecimiento del servicio eléctrico. Sin embargo, se absolvió a las demandadas respecto a ciertos ajustes de facturación y devoluciones, así como de daños y perjuicios, y en la reconvención.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.