La caducidad y la prescripción son figuras jurídicas distintas, pues la caducidad extingue el derecho por la inacción del acreedor en realizar actos específicos, mientras que la prescripción lo extingue por el simple transcurso del tiempo y la inactividad en su ejercicio.
El presente extracto distingue entre los conceptos de caducidad y prescripción. Explica que la caducidad opera por la omisión del acreedor en realizar actos que la ley o contrato exigen, resultando en la pérdida del derecho. Por otro lado, la prescripción se configura por el simple paso del tiempo y la inactividad del acreedor para ejercer su derecho, lo que también conlleva su extinción.
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