La nulidad lisa y llana de una resolución que impone multas por omisión de declaraciones procede cuando la autoridad fiscal no acredita la falta de presentación de dichas declaraciones y el contribuyente exhibe los acuses de recibo correspondientes.
La Sala Regional en San Luis Potosí del TFJA declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que impuso multas a una persona moral por no presentar declaraciones mensuales de ISR e IVA. La actora demostró haber presentado dichas declaraciones, exhibiendo los acuses de recibo correspondientes, lo cual fue considerado suficiente para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Al no poder la autoridad fiscal demostrar la infracción, se determinó que la resolución impugnada carecía de la debida fundamentación y motivación, actualizando la hipótesis de ilegalidad.
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