La prescripción de un crédito fiscal, al ser un medio de extinción de la obligación principal, también extingue la multa accesoria impuesta con base en dicho crédito, siempre que se haya agotado el recurso administrativo previsto para su declaración.
El Tribunal Fiscal de la Federación determinó correctamente el sobreseimiento de un juicio fiscal cuando el actor reclamó la nulidad de una multa, argumentando la prescripción tanto del crédito fiscal como de la multa. La Sala determinó que, al existir un recurso administrativo específico para solicitar la prescripción del crédito fiscal (artículo 55 del Código Fiscal de la Federación), el actor debió agotar dicho recurso antes de acudir al juicio, ya que la prescripción del crédito principal conlleva la de la multa accesoria.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.