El amparo es procedente contra la baja de un policía judicial del Distrito Federal, sin necesidad de agotar previamente los recursos de revocación o juicio de nulidad, al no actualizarse la causal de improcedencia prevista en la Ley de Amparo.
Se establece la procedencia del juicio de amparo para un policía judicial del Distrito Federal contra su baja, sin necesidad de agotar los recursos administrativos o el juicio de nulidad. Esto se fundamenta en que las exigencias para la suspensión del acto en el amparo son menores que en los recursos ordinarios, y el juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación no contempla la suspensión del acto reclamado. Por lo tanto, no se actualiza la causal de improcedencia por no agotar recursos.
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