Los Decretos de 30 de diciembre de 1949 y 29 de diciembre de 1948, que establecen recursos de revisión contra sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación, son distintos y regulan supuestos diferentes, uno para negocios fiscales federales y otro para los locales del Distrito Federal, con legitimación distinta para su interposición.
El presente criterio analiza la distinción entre dos decretos que establecen recursos de revisión contra sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación. El Decreto de 30 de diciembre de 1949, que reformó artículos de la ley de 1946, permite la revisión de sentencias en diversos negocios fiscales federales a petición de cualquiera de las partes. Por otro lado, el Decreto de 29 de diciembre de 1948 crea un recurso específico para juicios sobre nulidad de resoluciones en materia hacendaria del Departamento del Distrito Federal, cuya revisión solo puede ser solicitada por las autoridades, no por los particulares. Se concluye que ambos decretos son independientes y aplican a supuestos distintos.
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