La seguridad ciudadana es responsabilidad exclusiva del Gobierno de la Ciudad de México, en colaboración con las alcaldías y sus habitantes, para la prevención, investigación, sanción de infracciones administrativas y persecución de los delitos, la impartición de justicia, la reinserción social, el acceso a una vida libre de violencia y la protección de las personas frente a riesgos y amenazas que atenten contra sus derechos y libertades.
El constituyente local, al prever que la seguridad ciudadana es responsabilidad exclusiva del Gobierno de la Ciudad de México, alteró el régimen competencial previsto en la Constitución Federal en esta materia en detrimento de las labores asignadas al resto de los órdenes de gobierno. El texto vigente del precepto en comento dispone que la seguridad ciudadana es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad de México, en colaboración con las alcaldías y sus habitantes. De ahí que es inconcuso que es el Gobierno de la Ciudad de México quien tiene la responsabilidad de estar a cargo de la función de seguridad pública, mientras que las alcaldías tienen una atribución de mera colaboración.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.