La entrega de la declaración anual del impuesto sobre la renta a los trabajadores, a través de la comisión mixta de reparto de utilidades, cumple con la obligación legal establecida en el artículo 121, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, al representar a los trabajadores para tal efecto.
La Sala Regional resolvió la nulidad de una multa impuesta a una empresa por no entregar copia de la declaración anual del ISR a sus trabajadores. La Sala determinó que la entrega de dicha declaración a la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades, como representantes de los trabajadores, satisface el requisito legal. Por lo tanto, la multa impuesta por la autoridad laboral carece de fundamentación y motivación, al no configurarse la infracción atribuida.
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