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PLENO

La presunción de inocencia exige que la autoridad fiscal no presuma el control de las acciones de un dependiente económico, pues la dependencia económica no es sinónimo de transparencia plena.

Expediente
1/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
20 feb 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La presunción de inocencia exige que la autoridad fiscal no presuma el control de las acciones de un dependiente económico, pues la dependencia económica no es sinónimo de transparencia plena.

Resumen

El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un asunto en el que se cuestionó la valoración de pruebas y la aplicación del principio de presunción de inocencia. Se determinó que la dependencia económica de una persona no implica que el servidor público tenga control total sobre sus acciones, y por ende, no puede presumirse una participación directa en faltas administrativas graves. La resolución enfatiza la necesidad de pruebas concretas para acreditar la responsabilidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.