La concesión de una pensión por jubilación a un trabajador del Poder Judicial, ordenada por el Congreso local y con cargo al presupuesto de dicho poder, sin la transferencia de los recursos suficientes, vulnera la autonomía presupuestal y el principio de división de poderes.
El Poder Judicial del Estado de Morelos promovió controversia constitucional contra un decreto del Congreso local que concedió una pensión por jubilación a una persona con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin transferir los recursos necesarios. La Suprema Corte determinó que esta acción vulnera la autonomía presupuestal y el principio de división de poderes, al interferir el Poder Legislativo en la gestión de recursos del Poder Judicial. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la parte que ordena al Poder Judicial cubrir la pensión sin la debida asignación de fondos.
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