InvestigaciónDocumento
En línea
382/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro

La inoperancia de los agravios en la revisión de amparo, al no controvertir las consideraciones torales de la sentencia de primera instancia, es motivo suficiente para confirmar el sobreseimiento decretado.

Expediente
382/2019
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Carlos Hernández García
Fecha
6 ago 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La inoperancia de los agravios en la revisión de amparo, al no controvertir las consideraciones torales de la sentencia de primera instancia, es motivo suficiente para confirmar el sobreseimiento decretado.

Resumen

El tribunal colegiado confirma la sentencia de amparo que decretó el sobreseimiento, al considerar que los agravios expresados por el recurrente resultaron inoperantes por no combatir las consideraciones esenciales de la resolución de primera instancia. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dado que ya existe un pronunciamiento previo de la Corte sobre el tema. Finalmente, la revisión adhesiva se declara sin materia en virtud del sentido de la ejecutoria principal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.