La homologación de una sentencia extranjera debe negarse cuando el procedimiento seguido en el extranjero, para acceder a un recurso judicial, impone cargas desproporcionadas y carentes de razonabilidad, vulnerando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobre la homologación de una sentencia canadiense. El tribunal de amparo había concedido la protección a los demandados, considerando que la exigencia de una garantía para apelar el fallo extranjero violaba su derecho a la tutela judicial efectiva. La Sala confirmó esta decisión, estableciendo que el requisito de una garantía desproporcionada para acceder a la apelación constituye una contravención al orden público mexicano, impidiendo la homologación de la sentencia extranjera.
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