El recurso de revisión en amparo directo procede contra sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, la interpretación directa de un precepto constitucional o de derechos humanos en tratados internacionales, o cuando se omita decidir sobre tales cuestiones, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.
El presente asunto corresponde al amparo directo en revisión 326/2025, interpuesto contra una sentencia de amparo directo. El recurso de revisión en amparo directo se fundamenta en los artículos 107, fracción IX de la Constitución, 81, fracción II y 96 de la Ley de Amparo, y 21, fracción IV de la abrogada Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. La procedencia de este recurso se limita a la resolución de cuestiones propiamente constitucionales, requiriendo un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.
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