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169/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito· tema sin holding extraído

Pensión por invalidez.Se revoca la sentencia recurrida por incongruente, dado que la sala regional determinó que debía incrementarse de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Insittuto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y omitió pronunciarse en torno a lo manifestado en la contestación de demanda, en el sentido de que para efectos de los incrementos de la pensión por invalidez otorgada a la actora, resulta aplicable el artículo 139 de la Ley del ISSSTE.

Expediente
169/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Mario Galindo Arizmendi
Fecha
31 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Pensión por invalidez.Se revoca la sentencia recurrida por incongruente, dado que la sala regional determinó que debía incrementarse de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Insittuto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y omitió pronunciarse en torno a lo manifestado en la contestación de demanda, en el sentido de que para efectos de los incrementos de la pensión por invalidez otorgada a la actora, resulta aplicable el artículo 139 de la Ley del ISSSTE.

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