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42/2025SobreseeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La improcedencia del juicio procede cuando el actor carece de interés jurídico o legítimo para impugnar actos electorales, al no haber participado en la elección.

Expediente
42/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
12 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La improcedencia del juicio procede cuando el actor carece de interés jurídico o legítimo para impugnar actos electorales, al no haber participado en la elección.

Resumen

Se determina la improcedencia de un medio de impugnación electoral debido a la falta de interés jurídico o legítimo del actor. El actor no contendió como candidato en la elección, lo que le impide impugnar el cómputo nacional, la declaración de validez y la entrega de constancias de mayoría, al no verse afectado directamente por dichos actos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.